DOÑA MARGARITA GARCÍA ÁLVAREZ, con D.N.I. número xxxxxxxxx en representación de LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES VECINALES DE VALLADOLID “ANTONIO MACHADO”, con domicilio a efecto de notificaciones en c/ Vega nº 18, 47004 Valladolid, en relación a la aprobación inicial de la modificación REGLAMENTO REGULADOR DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID, aprobado inicialmente en el pleno del Ayuntamiento del 30 de junio de 2025 y publicado en el Boletín Oficial de la provincia del 14 de julio de 2025, expone las siguientes
ALEGACIONES
ALEGACIÓN 1ª: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3, APARTADO 2
Artículo 3.- Actuaciones previas.
2.- Con carácter previo al inicio del proceso participativo la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana determinará las zonas en las que territorialmente se divida la ciudad a efectos de este proceso. De las zonas que se establezcan a efectos del proceso de presupuestos participativos, se dará cuenta al grupo motor.
Propuesta:
Con carácter previo al inicio del proceso participativo la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana, de común acuerdo con el grupo motor, determinará las zonas en las que territorialmente se divida la ciudad a efectos de este proceso. De las zonas que se establezcan a efectos del proceso de presupuestos participativos, se dará cuenta al grupo motor.
Justificación:
Se considera que el conocimiento de la ciudad, sus barrios y sus necesidades por parte grupo motor pueden ser de utilidad para el establecimiento de las zonas en que se divida la ciudad para llevar a cabo el proceso, y por tanto es importante contar con su opinión, más allá de ser informado una vez tomada la decisión de forma unilateral por parte de la concejalía.
ALEGACIÓN 2ª: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 3, APARTADO 3
3.-A tal fin el Ayuntamiento bienalmente realizará una convocatoria de proceso de presupuestos participativos ordinarios; previamente la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valladolid:
- a) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de presupuestación, establecerá el importe máximo que podrá reflejarse en la convocatoria de cada proceso.
- b) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana determinará la distribución del importe máximo para cada una de las zonas en las que territorialmente se divida la ciudad a efectos del proceso.
Propuesta:
- a) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de presupuestación, establecerá el importe máximo que podrá reflejarse en la convocatoria de cada proceso. Dicho importe se dividirá a partes iguales para cada una de las zonas en las que territorialmente se divida la ciudad a efectos del proceso.
- b) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana determinará la distribución del importe máximo para cada una de las zonas en las que territorialmente se divida la ciudad a efectos del proceso.
Justificación:
Se pretende evitar con la redacción propuesta que haya agravios comparativos entre las distintas zonas, asegurando el mismo importe máximo para cada una.
ALEGACIÓN 3ª: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 6, APARTADO 2
Artículo 6.- Elección de las Mesas de zona
2.- La elección de los miembros de la Mesa de zona se hará por sorteo entre los ciudadanos y ciudadanas que hubieran presentado propuestas y manifiesten su deseo de participar en ésta; se incorporarán a las mismas los miembros del grupo motor que lo deseen.
Cada una de las Mesas elegirá un coordinador o coordinadora con funciones de secretaría y suplencia. Será elegido/a por sorteo entre miembros resultantes de la Mesa de zona.
Propuesta:
Cada una de las Mesas elegirá un coordinador o coordinadora con funciones de secretaría y suplencia. Será elegido/a por sorteo entre miembros resultantes de la Mesa de zona que manifiesten si interés por asumir dicha función.
ALEGACIÓN 4ª: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 8, APARTADO A) 4.
Artículo 8- Presentación, priorización, análisis de viabilidad y votación de las propuestas de los Proyectos de Inversión.
- A) Presentación de las propuestas de los Proyectos de Inversión.
- Solo podrá presentarse una propuesta de proyecto de inversión por persona física o jurídica. Si se presentaran más solo se tendrá como presentada la primera.
Propuesta:
- Solo podrá presentarse una propuesta de proyecto de inversión por persona física o jurídica. Si se presentaran más solo se tendrá como presentada la primera. Podrán presentarse un máximo de dos propuestas de proyecto de inversión por persona física, y cinco por cada persona jurídica. Si se presentaran más se contactará con la persona proponente para que seleccione las que desee mantener.
Justificación:
Parece claramente insuficiente que sólo se pueda presentar una propuesta, especialmente para personas jurídicas, que en general expresan propuestas del colectivo de personas a las que representan.
ALEGACIÓN 5ª: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 8, APARTADO B)
- B) Priorización de las propuestas de proyectos de inversión
Concluida la fase de presentación de propuestas de proyectos de inversión, se publicarán en la web municipal todas las propuestas que reúnan todas las condiciones de participación exigidas, y las que en su caso se hubiesen agrupado conforme al punto 7, y que consideren que pueden incorporarse a la fase de análisis de viabilidad técnica por su relevancia, necesidad u oportunidad. A estas propuestas, las personas mayores de 16 años empadronadas en el municipio de Valladolid les podrán otorgar su apoyo, durante un mes, desde que el ayuntamiento abra el plazo para ello.
De estas propuestas de proyectos de inversión las mesas de zona seleccionaran 10 propuestas y 2 de reserva según los siguientes criterios:
– …
Las propuestas de proyectos de inversión sin apoyo serán excluidas de la selección.
El Número de apoyos recibidos, que deberán tener una consideración especial se valorará de 1 a 8 puntos. El valor 1 será para la propuesta que hubiera obtenido menor apoyo, y el 8 la de mayor apoyo; el resto se repartirá de manera proporcional, mediante regla de tres simple entre todas las propuestas, redondeando al número entero natural más próximo. Para el resto de los criterios, cada propuesta se valorará de 0 a 1 punto. El valor 0 será el de máximo desacuerdo con la propuesta y el 1 el de mayor acuerdo. Cada componente de la mesa procederá a hacer su valoración.
…
Propuesta:
Concluida la fase de presentación de propuestas de proyectos de inversión, se publicarán en la web municipal todas las propuestas que reúnan todas las condiciones de participación exigidas, y las que en su caso se hubiesen agrupado conforme al punto 7, y que consideren que pueden incorporarse a la fase de análisis de viabilidad técnica por su relevancia, necesidad u oportunidad. A estas propuestas, las personas mayores de 16 años empadronadas en el municipio de Valladolid les podrán otorgar su apoyo, durante un mes, desde que el ayuntamiento abra el plazo para ello.
De estas propuestas de proyectos de inversión las mesas de zona seleccionaran 10 propuestas y 2 de reserva 20 propuestas y 5 de reserva según los siguientes criterios:
– …
– Que promuevan el equilibrio territorial, especialmente en la corrección de déficts entre los barrios que conforman cada zona.
Las propuestas de proyectos de inversión sin apoyo serán excluidas de la selección.
El Número de apoyos recibidos, que deberán tener una consideración especial se valorará de 1 a 8 puntos. El valor 1 será para la propuesta que hubiera obtenido menor apoyo, y el 8 la de mayor apoyo; el resto se repartirá de manera proporcional, mediante regla de tres simple entre todas las propuestas, redondeando al número entero natural más próximo. Para el resto de los criterios, cada propuesta se valorará de 0 a 1 punto. El valor 0 será el de máximo desacuerdo con la propuesta y el 1 el de mayor acuerdo. Cada componente de la mesa procederá a hacer su valoración. cada componente de la mesa hará su valoración, de 0 a 1 puntos, sumándose las puntuaciones. La puntuación final de cada propuesta será la suma de las puntuaciones por criterios más la correspondiente al número de apoyos recibidos.
Justificación:
El número de propuestas a seleccionar que se establece en el reglamento aprobado provisionalmente (10 más 2 de reserva), es muy limitado, teniendo en cuanta que algunas de esas propuestas quizá no pasen el filtro de la valoración técnica y económica. Podría darse el caso de que, aún considerando las propuestas de reserva, el coste total no llegue a consumir el presupuesto asignado a la zona, lo que haría innecesaria la fase de votación.
Se considera importante añadir a los criterios propuestos el de equilibrio territorial entre barrios de luna misma zona.
Respecto a la valoración de las propuestas, la redacción actual no deja clara la fórmula para obtener la puntuación final: no está claro si los criterios se puntúan globalmente de 0 a 1, en cuyo caso el peso de los apoyos sería muy superior al del resto de criterios, o si la puntuación para cada criterio es la suma de las puntuaciones de cada componente de la mesa de zona.
ALEGACIÓN 6ª: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 8, APARTADO D) 3.
3.- Las mesas de zona, a la vista de la votación final, elaborarán la relación de propuestas más votadas que tengan cabida dentro del presupuesto asignado a cada zona en cada proceso, y se remitirán a la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana.
Propuesta:
3.- Las mesas de zona, a la vista de la votación final, elaborarán la relación de propuestas más votadas que tengan cabida dentro del presupuesto asignado a cada zona en cada proceso, estableciendo la anualidad en la que se desarrollarán en función de su interés, y se remitirán a la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana.
4.- Si la suma total de los importes de las propuestas elegidas es inferior a la cantidad máxima aprobada, el grupo motor asignará la diferencia a alguno de los proyectos más votados no seleccionados, considerando criterios de equilibrio territorial y adecuación de la inversión, que se incorporarán a las propuestas seleccionadas en la votación ciudadana.
Justificación:
Al tratarse de un proceso bienal, se considera necesario calendarizar las propuestas para informar al vecindario y evitar desequilibrios entre ambas anualidades.
Toda vez que se ha anunciado una determinada cantidad de presupuesto para que la ciudadanía decida en qué considera que debe invertirse, creemos necesario que la propuesta de inversión final se ajuste lo más posible a dicha cantidad, por lo que se hace necesario dilucidar a qué proyecto o proyectos se destina la suma del dinero restante de cada zona.
ALEGACIÓN 7ª MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 9
Articulo 9.-Seguimiento de las propuestas de proyectos de inversión ganadoras. La concejalía con competencias en materia de participación ciudadana dará traslado de la relación de propuestas de proyectos de inversión más votadas remitidas por las mesas de zona, tanto a la concejalía competente en materia de presupuestos como a las concejalías competentes por razón de la materia que resulten afectadas, para su inclusión en la fase de elaboración del presupuesto de los ejercicios correspondientes a la respectiva convocatoria.
…
Una vez que el Ayuntamiento de Valladolid tenga los estados que forman el presupuesto general, en los que se habrán incluido aquellas propuestas de proyectos de inversión, derivados del proceso de los presupuestos participativos ordinarios, ya transformados en proyectos de inversión, atendido el cumplimiento de las reglas fiscales y las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria, se someterán a la aprobación por el Pleno de la Corporación.
…
Propuesta:
Articulo 9.-Seguimiento de las propuestas de proyectos de inversión ganadoras. La concejalía con competencias en materia de participación ciudadana dará traslado de la relación de propuestas de proyectos de inversión más votadas remitidas por las mesas de zona y de las incorporadas por el grupo motor, con su calendarización, tanto a la concejalía competente en materia de presupuestos como a las concejalías competentes por razón de la materia que resulten afectadas, para su inclusión en la fase de elaboración del presupuesto de los ejercicios correspondientes a la respectiva convocatoria.
…
Una vez que el Ayuntamiento de Valladolid tenga los estados que forman el presupuesto general, en los que se habrán incluido aquellas propuestas de proyectos de inversión, derivados del proceso de los presupuestos participativos ordinarios, ya transformados en proyectos de inversión, atendido el cumplimiento de las reglas fiscales y las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria, se someterán a la aprobación deberán ser aprobados por el Pleno de la Corporación.
…
Justificación:
Se incluyen los proyectos incorporados por el grupo motor para ajustar la inversión a la propuesta al inicio del proceso. Puesto que todos los proyectos ya están asignados a una anualidad, queda establecido de antemano en qué ejercicio presupuestario deben incluirse.
Se considera imprescindible para la credibilidad del proceso que los proyectos elegidos por la ciudadanía deban llevarse a cabo, salvo imposibilidad material para su ejecución. Por otra parte, puesto que la cantidad asignada es una mínima parte del presupuesto municipal, se considera que el cumplimiento de las reglas fiscales y las exigencias de estabilidad presupuestaria pueden garantizarse con el resto del presupuesto, no debiendo afectar a la ejecución de las propuestas incorporadas desde los presupuestos participativos.
ALEGACIÓN 8ª: MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 10.1
- a) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de presupuestación, establecerá el importe máximo que podrá reflejarse en la convocatoria del proceso del Ayuntamiento.
- b) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana determinará la distribución del importe máximo para cada una de las zonas en las que territorialmente se haya divido la ciudad a efectos del proceso de los presupuestos participativos ordinarios.
Propuesta:
- a) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de presupuestación, establecerá el importe máximo que podrá reflejarse en la convocatoria de cada proceso. Dicho importe se dividirá a partes iguales para cada una de las zonas en las que territorialmente se haya divido la ciudad a efectos del proceso de los presupuestos participativos ordinarios.
- b) A propuesta de la concejalía con competencias en materia de participación ciudadana determinará la distribución del importe máximo para cada una de las zonas en las que territorialmente se haya divido la ciudad a efectos del proceso de los presupuestos participativos ordinarios.
Justificación:
Se pretende evitar con la redacción propuesta que haya agravios comparativos entre las distintas zonas, asegurando el mismo importe máximo para cada una.
Valladolid a 25 de agosto de 2025
Fdo: Margarita García Álvarez
Presidenta de la Federación