Nota de prensa, Valladolid 1 de diciembre de 2022

EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO (en adelante, CTBG), organismo independiente encargado de “promover la transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen gobierno” emitió resolución R/0435/2022; 100-006826 estimando parcialmente la petición de la Federación de Asociaciones Vecinales y Consumidores de Valladolid “Antonio Machado” (en adelante, Federación), por la cual solicitamos que se nos facilitaran las ACTAS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD VALLADOLID ALTA VELOCIDAD 2003, S.A. de 2019, 2020 Y 2021, así como las ACTAS DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.

Esta Federación solicitó hace más de un año, el 18 de noviembre de 2021, las actas del consejo de Administración a la Sociedad Valladolid alta Velocidad 2003 S.A. (en adelante, SVAV). La SVAV nos solicitó información complementaria, la cual fue facilitada, para posteriormente comunicarnos que remitiría nuestra petición al Secretario del Órgano de Administración de la Sociedad Valladolid Alta Velocidad 2003 S.A. La actuación de la SVAV fue después de 6 meses “la callada por respuesta”.

Esta Federación, atendiendo a los principios de transparencia que deben de preservar todas las entidades y de acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno solicitó amparo al CTBG.

Ante la resolución emitida por el CTBG, esta Federación manifiesta lo siguiente:

  • Consideramos como muy acertada la resolución parcial de nuestra petición donde la CTBG desmonta todos los intentos de impedir que las actas sean públicas, la SVAV monta un castillo de alegaciones, las cuales son rebatidas por el CTBG.
  • Consideramos que las alegaciones del tipo:

“… su divulgación podría producir un detrimento de la competitividad, debilitando su posición en el mercado y pudiéndole causar un daño económico actual y en el futuro”

“… que el conocimiento de los planes estratégicos de VAV como es la urbanización, comercialización y venta de terrenos pudiera distorsionar el mercando inmobiliario en esta ciudad, lo que daría al traste tanto las fuentes de financiación de la Sociedad…”

“… En concreto, desde el punto de vista del “test del interés público”, complementando a lo ya indicado en relación al daño que podría causar a la Sociedad el acceso a datos sensibles y confidenciales recogidos en las actas que se piden, la Federación recurrente no justifica el motivo de su solicitud más allá del interés en informar a los vecinos, y mucho menos bajo esta petición si existe una razón de interés público o de interés general,” son EXCUSAS a las verdaderas intenciones de no hacer públicas las Actas y por consiguiente IMPEDIR QUE LA CIUDADANÍA DE VALLADOLID SEA CONOCEDORA DE CÓMO SE ESTÁ GESTANDO LA INTEGRACIÓN FERROVIARIA EN LA CIUDAD.

  • Ya el CTBG manifiesta en su contestación “En definitiva, cumplir con lo solicitado no permite constatar que se derive ni un perjuicio para la recurrente ni una ventaja competitiva para otros operadores del mercado, que VAV tampoco identifica, ni menos aún respecto a las funciones públicas que la sociedad presta. A juicio de este Consejo, el conocimiento de la documentación solicitada no compromete ninguno de los intereses alegados y que son objeto de protección por los límites en los que se argumenta la denegación de la información”.
  • Consideramos que el haber tenido que recurrir ya por DOS VECES al CTBG, hace de la SVAV una ENTIDAD REINCIDENTE y que sus consejeros debieran de ser un ejemplo en la transparencia, debiendo pedir responsabilidades a quien sea el responsable de esta FALTA DE TRANSPARENCIA.
  • Consideramos que el envío de las actas con su correspondiente CENSURA (párrafos enteros en negro, puntos del orden del día completos en negro, debates de temas muy relevantes como el relacionado a la SUPRESIÓN DE LAS APORTACIONES ECONÓMICAS de los socios, la designación del nuevo Director General, etc.) demuestran estar ante el mejor censor existente después de la dictadura.
  • Consideramos que existe demasiado celo en la aplicación de la estimación parcial de una de las alegaciones de la SVAV y exceso en el desempeño de las funciones del censor, más aún cuando las actas anteriores ya fueron hechas públicas en 2017 y sin ningún tachón, en la COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN SOBRE LA GESTIÓN DE LA SOCIEDAD VALLADOLID ALTA VELOCIDAD, S.A, realizada en el Ayuntamiento de Valladolid.
  • Consideramos que en el apartado de TRANSPARENCIA de la página web de la SVAV deberían de estar públicas todas las actas del consejo de Administración, así como las de la Junta General. De esta forma no tendríamos que acudir otra vez al CTBG o incluso pedir responsabilidades a los Consejeros por posible dejación de funciones.
  • Por último, manifestamos que NO nos han entregado las actas de la comisión de seguimiento constituida con arreglo al siguiente CONVENIO ENTRE LA SOCIEDAD “VALLADOLID ALTA VELOCIDAD 2003 S.A.” Y ADIF ALTA VELOCIDAD, PARA LA DIRECCIÓN DE LOS PROYECTOS DEL PASO INFERIOR DE LAS CALLES PANADEROS Y LABRADORES DE VALLADOLID, CALLE ELEVADA EN PROLONGACIÓN DE LA ACERA DE RECOLETOS Y EN PARALELO CON LA AMPLIACIÓN PREVISTA DE LA ESTACIÓN Y PASO INFERIOR EN EL PASEO DEL ARCO DE LADRILLO.

Entendemos que no existen o que dicha comisión de seguimiento nunca se constituyó, en todo caso se manifiestan nuevamente los incumplimientos del convenio firmado en el 2017.

A continuación adjuntamos las actas que nos han enviado:

1.CA VAV 22.04.19

2.CA VAV 22.05.19

3.CA VAV 23.09.19

4.CA VAV 2.10.2019

5. CA VAV 27.12.19

6.CA VAV 06.05.20

7.CA VAV 6-08-2020

8. CA VAV 28.12.20

9.CA VAV 01.03.21

10. CA VAV de 22.09.21 

11.CA VAV 22.12.21

Resolucion 447-2022_expte. R-00435-2022