NOTA DE PRENSA, 8 de julio de 2022

La Asociación Vecinal La Calle miembro de la Federación de Asociaciones Vecinales Antonio denuncia la actuación connivente del concejal servicios Avelino Álvarez que no aplica que la ordenanza de limpieza de solares se aplique al grupo Altamira de gestión inmobiliaria y venta perteneciente al Banco Santander. Consideramos que el concejal miente en su escrito remitido ayer 7 de julio y no quiso responder al pleno preguntado del pasado 28 de junio: Solicitamos su inmediato cese o dimisión

En Laguna de Duero cualquier propietario de una parcela debe cumplir la ordenanza de limpieza de parcelas, solares y ornato en las obras tengan la consideración de suelo urbano o urbanizable deberán mantenerlo libres de desechos y residuos y en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público. Asimismo, deberán mantenerlos libres de hierbas secas y brozas que supongan un peligro para la seguridad pública, especialmente desde el 15 de junio al 30 de septiembre, época de peligro algo de incendios definida en el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Castilla y León o el que se establezca en la norma que pudiera sustituirle. Sin embargo, por la vía de los hechos y de la acción de gobierno del Concejal de servicios urbanos Avelino Álvarez si se trata de un banco propietario las normas no deben aplicarse. Eso es lo que lleva reclamando la asociación vecinal desde el 2018 y que ha vuelto a preguntar en el pleno municipal de 28 de junio al concejal de servicios urbanos que no quiso responder alegando “falta de tiempo” de algo que conoce muy bien.

El año pasado cuando hicieron simulacro de limpieza tras la presión de nuestra asociación, pero solo limpiaron de no más de 100 metros cuadrados un de los 27000 que suman las dos parcelas juntas del grupo Altamira perteneciente al Banco Santander. Las parcelas este año son un polvorín, incluso más que años anteriores, con la cantidad hierbas secas y árboles caídos. Hay un grave riesgo de incendio en esa zona. No se ha ejecutado la limpieza como se establece, pero el Ayuntamiento tampoco ha activado la ejecución subsidiaria del artículo 14 de la ordenanza a pesar de que se lo llevamos solicitando 5 años. Tampoco ha incoado al banco ningún expediente sancionador. NI si quiera ante el riesgo han hecho uso de la tramitación de urgencia. El artículo 15 de la ordenanza establece que “Los solares sin edificar habrán de permanecer limpios de escombros y materias orgánicas y deberán cumplir los requisitos que al efecto establezcan la Normativa Urbanística, Planes de Ordenación y Ordenanzas Municipales”. La prescripción anterior incluye la adopción de las actuaciones necesarias preventivas y en su caso correctoras dirigidas al control de artrópodos, roedores y microorganismos patógenos que representen un riesgo para la salud pública. Esa zona está infestada de conejos, crían sin control, con bien de hierba para comer y sin ningún depredador natural, dado que al haber tanta vegetación las rapaces no pueden acceder hasta ellos. Estos animales pueden ser portadores una enfermedad que se llama turalemia, y se contagia a los humanos. En un escrito remitido por el Concejal Avelino Hernández, ayer 7 de julio, nos afirma “No hemos multado al banco referido en su pregunta porque hizo el desbroce de la parcela de su propiedad” cuando la limpieza fue incompleta y dejaron los restos en el lugar. Para justificar el trato de privilegio, su negligencia y la connivencia con el banco asevera en su escrito: “Cada parcela es diferente en cada anualidad. Depende del año, de la pluviometría y por lo tanto no realizamos una valoración tipo. En el caso de tener que aplicar el artículo 14, realizaríamos entonces dicha valoración”. Por ello y ante su trato de favor con el propietario si es un banco pedimos su cese o inmediata dimisión.